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Seguro de convenio: Handling en aeropuertos

V Convenio general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos (estatal)

Qué fija el artículo 57

  • Muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional: 30.000 €
  • Incapacidad permanente total por accidente de trabajo o enfermedad profesional: 30.000 €

El convenio obliga a la empresa a tener contratada una póliza para su plantilla.

Condición. Para el personal en activo con seis o más meses de antigüedad. El reparto de la prima entre empresa y plantilla lo fija cada empresa. No aplica si la empresa ya cubre estos riesgos con pólizas más beneficiosas en su conjunto.

Si en tu provincia hay un convenio propio, comprueba cuál te aplica o escríbenos y te lo decimos.

Literal del artículo: «Todas las empresas del sector vendrán obligadas a concertar un seguro colectivo de accidente de trabajo para su personal en activo con una antigüedad de seis o más meses»

De dónde sale

Artículo 57 · BOE-A-2022-16972 · Vigencia publicada hasta 2025-12-31 · Revisado el 2026-09-29

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Resultado orientativo sobre el texto publicado del convenio. No es asesoramiento jurídico.