Comprobar

Seguro de accidentes de convenio: Oficinas de farmacia

XXV Convenio estatal de oficinas de farmacia

Qué fija el artículo 48

  • Accidente de trabajo, incluido in itinere, 24 horas (el convenio no desglosa contingencias): 35.000 €

El convenio obliga a la empresa a tener contratada una póliza para su plantilla.

Condición. A cargo del farmacéutico titular.

Si en tu provincia hay un convenio propio, comprueba cuál te aplica o escríbenos y te lo decimos.

Literal del artículo: «Todo el personal de las Oficinas de Farmacia disfrutará de un seguro de accidentes de trabajo complementario, incluyendo el accidente producido in itinere, siempre y cuando el trayecto no se haya interrumpido voluntariamente, que contratarán los Farmacéuticos por su cuenta y cargo»

De dónde sale

Artículo 48 · BOE-A-2022-23018 · Vigencia publicada hasta 2024-12-31 · Revisado el 2026-09-29

Pedir la revisión

Otros convenios leídos

Resultado orientativo sobre el texto publicado del convenio. No es asesoramiento jurídico.