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Seguro de convenio: Agencias de viajes

Convenio estatal de agencias de viajes

Qué fija el artículo 46

  • Muerte o incapacidad permanente absoluta por accidente, 24 horas: 30.000 €
  • Seguro de vida (muerte por cualquier causa): 9.000 €

El convenio obliga a la empresa a tener contratada una póliza para su plantilla.

Condición. Primas a cargo exclusivo de la empresa. No aplica a empresas adheridas al plan de pensiones sectorial antes del 1/1/2001.

Si en tu provincia hay un convenio propio, comprueba cuál te aplica o escríbenos y te lo decimos.

Literal del artículo: «Los empresarios/as deberán tener concertada una póliza que garantiza a los trabajadores/as un capital de 30.000 euros para los casos de muerte o incapacidad permanente absoluta derivados de accidente que pueda producirse durante las 24 horas del día.»

De dónde sale

Artículo 46 · BOE-A-2025-22415 · Vigencia publicada hasta 2025-12-31 · Revisado el 2026-09-29

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Resultado orientativo sobre el texto publicado del convenio. No es asesoramiento jurídico.